El “Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia” y el Decreto 27/2023 del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, son las dos últimas normativas aprobadas en el conjunto del Estado. Ambas disposiciones, más allá de pretender que el nuevo paradigma de cuidados residenciales se desarrolle conforme a unos determinados ejes de actuación - por ejemplo, los postulados de la ACP-, pecan, en mi opinión, de una misma deficiencia operativa: sintetizar la infinidad de teóricos perfiles de atención en un único valor de ratio capaz de representar fehacientemente todas las casuísticas de atención y cuidados implícitas en los distintos grados del BVD.
Semejante ejercicio de presunción absoluta rompe, de modo disruptivo, con la asignación de ratios en normativa que, históricamente, se han asociado a distintos descriptores del nivel de dependencia. Unos descriptores que, a su vez, se alinean con la intensidad de ayuda de tercera persona para la realización de actividades básicas de la vida diaria (ABVD) y/o las actividades instrumentales (AI).
Si bien la coexistencia de diferentes identificadores para expresar un mismo nivel de dependencia (por ejemplo, dependencia severa, asistido, mixto o gran dependencia) dificulta sustancialmente el análisis comparativo entre las distintas normas vigentes por la evidente falta de homogeneización conceptual y la ausencia de pasarelas claras con la graduación oficial de dependencia (artículo 26 de la Ley 39/2006), es mejor panorama que aquel otro en el que no dispongamos de discriminadores de contraste. Por tanto, si hasta la fecha todas y cada una de las normativas autonómicas y forales -incluso el Acuerdo del Consejo Territorial de 2008-, han diferenciado ratios en función de distintas tipologías de atención, ¿en base a qué criterios se abandona esta distribución por categorías y se implementan medidas de “café para todos”? Más aún: ¿en base a qué fundamentos metodológicos se estiman las ratios fijas y únicas?
Aun cuando algunas de las normativas han actualizado sus ratios, persiste la idea de prorrogar procesos de cálculo basados en fórmulas continuistas conforme a identidades como “ratio actual=ratio anterior+x%”. Sin embargo, este tipo de expresiones algebraicas no garantiza verosimilitud algún sobre la realidad cotidiana de atención. En consecuencia, y dada la necesidad de estimar dotaciones de personal suficientes cualquiera que sea el modelo a través del cual se presta un servicio residencial (“tradicional”, “nórdico” en base a unidades de convivencia u otros formatos organizativos y/o arquitectónicos que imaginemos), parece más adecuado definir el valor de la ratio conforme a técnicas de construcción desde abajo hacia arriba -esto es, partiendo de un conocimiento causal o evidencia empírica al que se le aplica el método científico- que conforme a las limitaciones presupuestarias, cuando no a la ciencia infusa o la inspiración divina.
En consecuencia, las ratios del futuro -transversales e independientes del formato asistencial porque las tareas son prácticamente universales si efectivamente aspiran a dignificar el cuidado- deberían entenderse como las dos caras de una misma moneda: en el reverso, “el cuánto” (horas anuales de personal gerocultor para un determinado mix de dependencia) para “el qué” (catálogo de tareas directas e indirectas) en “el cuándo” (cronograma de atención); en el anverso, “el cómo” o, en definitiva, la calidad de atención, un conglomerado compuesto por factores tangibles/aptitudinales (contenido o dimensión técnica del cuidado para la cobertura de ABVD y AI) y factores intangibles/actitudinales (continente o conjunto de intervenciones contextualizadas en dinámicas de empatía, escucha activa, libre elección y/o empoderamiento).
Por tanto, podemos concluir que la ratio, en sí misma, no tiene mayor valor que constituirse en un estimador de necesidades de personal. Si bien este cometido es de suma importancia para homogeneizar el sector, no debemos olvidar que, en última instancia, la ratio nunca debería desligarse del principal objeto que busca: satisfacer las expectativas de las personas residentes y sus entornos sociofamiliares, siendo eficientes además de eficaces en el cumplimiento de este propósito. Todo lo demás, por mucho que nos empeñemos en disfrazar artificialmente la rigurosidad de la metodología empleada, no es sino validar la asignación de ratios sin solución de continuidad.