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La UE confirma que ningún país miembro puede prohibir las denominaciones cárnicas para la oferta plant-based

La UE confirma que ningún país miembro puede prohibir las denominaciones cárnicas para la oferta plant-based

La semana pasada nos hacíamos eco de la iniciativa registrada por el PSOE en el Congreso de los Diputados para "luchar contra la publicidad engañosa de determinados productos veganos o vegetarianos que se venden como productos cárnicos". A través de una proposición no de ley para su debate en la Comisión de Agricultura, el grupo socialista afirmaba ver "necesario y urgente" que España se sume a la tendencia de los países europeos consistente "en proteger al consumidor ante la posible confusión que pueda generar este tipo de productos y adoptar las medidas que resulten necesarias a tal efecto".

El PSOE se alineaba así con la postura que hemos visto prosperar en otros países del entorno europeo, como Francia, que el pasado febrero ratificaba la prohibición de utilizar determinados sustantivos como filete, escalope o jamón para productos de origen vegetal. Esta medida fue recurrida ante las autoridades galas por Protéines France, el consorcio francés de empresas que impulsan el desarrollo de las proteínas vegetales, junto a la Union Végétarienne Européenne (EVU), la Association Végétarienne de France (AVF) y la empresa estadounidense Beyond Meat, que alegaban que el decreto francés era contrario al Reglamento (UE) n.º 1169/2011. Para resolver las dudas sobre la conformidad o no con el reglamento europeo, Protéines France planteó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) varias cuestiones sobre la interpretación del mismo.

La respuesta del TJUE ha determinado que ningún país miembro de la Unión puede prohibir a los alimentos elaborados con proteínas vegetales comercializarse con nombres equivalentes a alimentos tradicionalmente cárnicos, como salchicha, hamburguesa o bistec, dictaminado que si la información facilitada en los productos cumple con los criterios del Reglamento Europeo 1169/2011, se protege de modo suficiente al consumidor, "incluso en supuestos de sustitución total del único componente o ingrediente que estos pueden esperar encontrar en un alimento designado mediante una denominación usual o una denominación descriptiva que contenga determinados términos".

La UE confirma así la votación que tenía lugar en octubre de 2020 en el Parlamento Europeo, que entonces decidió posicionarse en contra de aprobar las enmiendas 165, que proponía impedir el uso de las denominaciones habituales de la carne y los elaborados cárnicos para la venta de alternativas vegetales a estos productos.

Así, salvo que se esté empleando un nombre legalmente protegido, los países de la Unión no pueden impedir que las empresas que fabrican alternativas cárnicas vegetales las llamen, por ejemplo, salchichas.Sí pueden, señala el Tribunal, adoptar una denominación jurídica que consiste en asociar una expresión específica a un alimento determinado. En caso contrario, si solo existe una denominación habitual (como 'hamburguesa' o 'filete'), los Estados miembros no pueden prohibir que se utilicen términos genéricos para sus alternativas cárnicas.

El Tribunal añade, además, que el el Derecho de la Unión se opone a que los países fijen una proporción de proteínas vegetales por debajo de la cual seguiría estando autorizada la utilización de denominaciones del sector de la carnicería o charcutería. Solo se podrá prohibir la comercialización de un producto vegetal concreto si en su caso específico su promoción induce a engaño al consumidor. En tal caso, se deberá actuar contra el operador y demostrar tal acusación.

Vegetales afirma su compromiso con el etiquetado claro

En este sentido, desde la Asociación Española de Productores de Alimentos y Bebidas Vegetales (Vegetales) se ha querido reiterar el compromiso sectorial con la transparencia y claridad en el etiquetado de sus productos, "para que reflejen de manera inequívoca el origen vegetal de sus ingredientes, garantizando así que los consumidores accedan a información precisa y confiable". Así, desde la Asociación se felicitan de que esta respuesta del TJUE avale el actual ordenamiento jurídico en España y aprovecha la ocasión para volver a poner el foco en la necesidad de una regulación clara y específica para los alimentos y bebidas plant-based en nuestro país, "que permita al sector continuar impulsando un sistema alimentario más sostenible, innovador, justo y seguro, con unas denominaciones claras y cumpliendo con los más altos estándares de calidad". Igualmente, se recuerda que tanto el Gobierno de España como la Comisión Europea han reconocido esta transición hacia una alimentación con mayor componente vegetal como parte fundamental de la evolución hacia sistemas alimentarios más sostenibles.



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