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El plástico reciclado no será gravado con el nuevo impuesto al packaging

El plástico reciclado no será gravado con el nuevo impuesto al packaging

Los envases de plástico fabricados a partir de material reciclado podrán evitar el nuevo impuesto que el Gobierno de España anunció a mediados del pasado año para todo el packaging plástico de un solo uso. Según avanza la agencia Europa Press, que ha tenido acceso al nuevo borrador de la ley de residuos y suelos contaminados, el texto incorpora por fin una mención explícita al uso de materiales reciclados como eximente para pagar este impuesto, algo que la industria entendía que se iba a mencionar aunque no se hubiese hecho referencia alguna en el momento de presentar por primera vez este proyecto de ley.

De esta forma, en función del volumen de plástico reciclado que incluya la formulación del envase, la empresa que lo fabrique o importe podrá descontarse el equivalente porcentual sobre el peso total del packaging. Es decir, si emplea por ejemplo un 70% de material reciclado el impuesto planteado (0,45 € por kg de envase) solo se valorará sobre el 30% restante.

Aclaraciones adicionales

Asimismo, el documento al que ha tenido acceso esta agencia incluye aclaraciones adicionales como la implementación del impuesto a los fabricantes o importadores (desde espacio comunitario o fuera de él) de productos plásticos semielaborados destinados a la fabricación de envases, tales como preformas o láminas, así como aquellos otros productos plásticos que permitan su cierre, comercialización o la presentación de los mismos. Las empresas que se dediquen a esta actividad y no empleen material reciclado estarán obligadas a gravar dichos materiales, no así los que completen su transformación en la fase final de producción (quienes soplan una botella a partir de una preforma importada o añaden un tapón sobre el que ya se ha pagado la tasa). De esta forma se evita una doble imposición.

El texto también explica que no se gravará con este impuesto a las tintas, lacas o adhesivos que se apliquen al envase para proteger, contener, manipular o entregar bienes y productos, así como lo que denomina "pequeñas importaciones o adquisiciones intracomunitarias de envases", definiéndose estas como "aquellas en el que el volumen de plástico no reciclado no supere los 5 kg", quedarían fuera del objeto de este impuesto.

La última e importante novedad que recoge este borrador es que deja exentos del impuesto a aquellos productos que se destinan a prestar una función de contención, protección, manipulación, distribución y presentación de medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales o preparados para lactantes de uso hospitalario, así como los plásticos para ensilados de uso agrícola y ganadero.

En cuanto a la reducción de consumo de plásticos de un solo uso, el objetivo es que en 2026 el volumen de material virgen puesto en el mercado sea la mitad con respecto a 2022 alcanzando el 70% de diferencia sobre 2022 al final de la década. Asimismo quedarán totalmente prohibidos el uso de materiales oxodegradables o microesferas de plástico de menos de 5 mm que sean añadidas intencionadamente.

Con respecto al PET, se reafirma, como es sabido, que en 2025 las botellas de este material tendrán que incluir como mínimo un 25% de material reciclado, llegando al 30% en 2030. Además, en 2025 la recogida separada deberá de alcanzar al 77% de los productos introducidos en el mercado, llegando al 90% en 2029. Como se recordará, el texto sigue en tramitación parlamentaria aunque está previsto que entre en vigor, si no se anuncian retrasos, el próximo 3 de julio.



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