La Secretaría de Estado de Comercio aclaró ayer algunas dudas surgidas en relación con el texto inicial del Real Decreto del pasado sábado. A este respecto en el epígrafe relacionado con los electrodomésticos asegura que "Las CC.AA. preguntan si los electrodomésticos se consideran un bien de primera necesidad. La SEC aclara que los productos electrónicos y tecnológicos no tienen encaje en artículo 10. Las tiendas de electrodomésticos no pueden abrir al público. No obstante, si está permitida la reparación. Si la reparación no fuese posible, se puede comprar uno nuevo online, pero no en un centro abierto al público. Otras CC.AA. comentan en este punto, que el problema con la entrega online es el plazo de entrega. Por ejemplo, podría darse el caso de una persona dependiente que necesite de inmediato un aparato electrónico. La SEC comenta que van a analizar esta preocupación para ver como proceder en este tipo de caso".
A este respecto, también publicamos a continuación el Comunicado de FECE: "Quisiéramos agradecer la labor que todas las tiendas, plataformas, grupos y asociaciones estáis llevando a cabo en esta situación tan extremadamente complicada. Las dificultades para que las tiendas de electrodomésticos permanecieran abiertas se estaban haciendo cada vez mayores. A pesar de nuestros esfuerzos, en la reunión mantenida ayer en la Conferencia Sectorial de Comercio Interior con la Ministra de Industria, Comercio y Turismo y las CC.AA., finalmente se decidió el cierre físico de las tiendas de electrodomésticos, permitiendo únicamente la reparación de los aparatos y la venta online y telefónica. Nos consta que la Guardia Civil ha emitido una nota operativa en la que se confirma la aplicación de este cierre de forma inmediata.
Por este motivo, indicar los siguientes aspectos: por motivos de fuerza mayor, los comercios deben permanecer cerrados. Como puesto de trabajo, en caso de necesidad se podrá mantener una actividad mínima en su interior, aplicando las medidas de seguridad e higiene ya conocidas y siempre con el cierre echado. Se autoriza la entrega de aparatos con un máximo de 2 operarios. La entrega se podrá hacer en el domicilio del cliente pero cumpliendo las medidas de seguridad e higiene ya conocidas. Los operarios deberán llevar la documentación acreditativa (albaranes, autorización de la empresa, etc.). Sugerimos la comunicación de los datos de contacto (Teléfono y/o web) a la base de datos de clientes de cada tienda o plataforma para la atención urgente".
Anteriormente, y como ya hemos venido recogiendo en Alimarket estos días, existía cierta incertidumbre acerca de la apertura de los comercios de electrodomésticos para prestar un servicio de venta de productos de primera necesidad. FECE ampliaba diciendo que "esta postura se ha visto afectada por las adaptaciones e interpretaciones que se han venido haciendo a nivel autonómico y municipal y su puesta en práctica por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, bajo cuyo criterio final recae la aplicación de lo dispuesto desde el Ejecutivo. Por cuestiones obvias de fuerza mayor, las dificultades para la apertura de las tiendas están siendo enormes, así como la logística de entregas de producto, lo que está complicando enormemente la ya más que mermada actividad de comercios y plataformas motivada por la pandemia y el consiguiente estado de alarma. Ello va a provocar la adopción de medidas extraordinarias por parte de muchas empresas. A pesar de nuestra vocación de servicio, vemos muy complicado la apertura de los puntos de venta que, en caso de hacerlo, siempre deberán cumplir las estrictas normas marcadas desde Sanidad y atendiendo en cada caso los requerimientos de la autoridad competente. Desde las administraciones nos siguen aconsejando que la mínima actividad que se pueda mantener se canalice a través de la venta online, telefónica o a distancia y siempre bajo el criterio de primera necesidad".